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miércoles, 26 de noviembre de 2014

Ley de Etiquetado de Alimentos.La Gradualidad es un gran error

Internas de Medicina Francisca Crispi y Constanza Dominguez prepararon este Taller sobre Ley de Etiquetado de Alimentos que todo funcionario de salud debe conocer

jueves, 16 de octubre de 2014

“Fundamentos para una Ley de Salud Mental y Principales Derechos a Garantizar



En los últimos meses, la creación de una Ley de salud mental ha comenzado a tomar importancia para organismos de gobierno y círculos académicos involucrados en la materia. Sin embargo, la construcción de movimientos sociales en diversos ámbitos de la vida colectiva, instala la necesidad de generar un debate público sobre la Salud mental de las personas, la relevancia de abrir una discusión pública y colectiva donde la ciudadanía pueda tomar la palabra y alzar la voz.

En esta perspectiva, invitamos a participar de las jornadas de discusión del documento “Fundamentos para una Ley de Salud Mental y Principales Derechos a Garantizar” desarrollado por los participantes del grupo de trabajo “Hacia una ley de Salud mental” del Observatorio de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad mental. En dicha oportunidad se realizará una presentación con los principales contenidos del documento y una metodología de trabajo grupal sobre los temas abordados, con el objetivo de problematizar y enriquecer la propuesta elaborada, considerando la opinión y punto de vista de los participantes del encuentro.

Invitamos a la comunidad de usuarios y ex usuarios de servicios de salud mental así como organizaciones sociales y ciudadanos interesados en el tema a participar de la primera jornada de discusión a realizarse el día 28 Octubre de 14:00 a 17:00 hrs. en la sala Mónica Suárez 2, Facultad de Medicina, Universidad de Chile (Independencia 1027, Santiago). En una segunda instancia, la convocatoria está orientada a profesionales, académicos e instituciones del campo de la salud mental los que están invitados a formar parte de una segunda jornada de trabajo a realizarse el día 4 noviembre de 18:30 a 21:30 hrs.en la sala B de la Escuela de Enfermería de la misma casa de estudios.

Su presencia es fundamental para avanzar en la construcción de un movimiento social que tenga como fundamento el reconocimiento y defensa de los derechos humanos en salud mental.

Saludos cordiales

Ps. Juan Carlos Cea Madrid
Observatorio de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad mental

PD: Agradecemos la difusión de esta invitación

Saludos cordiales,

martes, 27 de noviembre de 2012

REGLAMENTO PROCEDIMIENTOS LEY 20.584


Estimados/as:
 
      Junto con saludarles cordialmente, les envío lo que sigue:
 
1.- Decreto sobre procedimiento de reclamo de la Ley Nº 20.584, que regula los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
2.- Reglamento sobre requisitos básicos que deberán contener los reglamentos internos de los prestadores institucionales públicos y privados para la atención en salud de las personas de la Ley Nº 20.584.
3.- Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento informado en las atenciones de salud.
 
Nota: Entendiendo lo informado por medio del presente y en atención a las consultas emanadas desde las diferentes OIRS de la Red, queda formalmente estipulado el plazo de respuesta a las solicitudes ciudadanas, las que desde el día 26 de Noviembre del año 2012 deberán ser gestionadas en 15 días hábiles, contados desde el primer día hábil posterior a la fecha de ingreso del mismo, según lo estipulado en el Art. Nº 11 del presente reglamento.
 
Atte.
 
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Bernardita Palma P.
Asistente Social
 
Departamento Participacion Ciudadana
y Trato al Usuario
FONO: (562) 574 1254 / Red MINSAL 241254

martes, 24 de julio de 2012

Consejo Consultivo del CESFAM GARIN,informe



Miércoles 18 de Julio de 2012
Se realizó la reunión programada bimensual del Consejo Consultivo del CESFAM GARIN , en la que participaron 34 personas representantes de los Comités de Vecinales de Salud de los equipos territoriales del establecimiento, CECOF ANTUMALAL , el equipo de Promoción de la Salud, la encargada de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), el Director del centro de salud, siendo la Dirección parte integrante de esta instancia de participación social.

Considerando que la Promoción de la Salud tiene determinantes sociales importantes, para el desarrollo y la calidad de vida de las personas, uno de ellos es el que las familias cuenten con fuentes de ingreso y trabajo, para lo cual se contó con la participación de un representante de la Fundación Fondo Esperanza, el Sr. Gino Valenzuela, quien dio a conocer como este fondo apoya el emprendimiento, a través de la entrega de microcréditos, capacitación y promoción de redes a personas que viven en situación de pobreza, esto con el objetivo de mejorar sus condiciones de vida y las de sus familias.

 El Fondo Esperanza ofrece financiar actividades económicas a grupos entre 18 y 25 personas que viven en un mismo sector y que se unen voluntariamente para obtener microcréditos, financiando pequeñas empresas con pagos accesibles, unido a un proceso de educación, promoción de redes sociales, tejiendo lazos de confianza, de apoyo e intercambio para ser protagonistas de su propio desarrollo y fortalecer la organización social como parte del desarrollo del barrio y la comunidad.

Como otro de los determinantes de la salud es el desarrollo de la Participación Social, se difundió, en esta reunión la Ley 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, por parte del Dirigente de la Unidad Vecinal 35, Sr. Alejandro Reyes Córdova, la que señala que todas las personas tienen derecho a asociarse libremente para la consecución de fines lícitos, este derecho comprende la facultad de crear asociaciones que expresen la diversidad de intereses sociales e identidades culturales.

Son organizaciones de interés público, sin fines de lucro cuya finalidad es la promoción del interés general, en materia de derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente, o cualquiera otra de bien común, en especial las que recurran al voluntariado y que estén inscritas en el Catastro del Registro Nacional de Personas Jurídicas. Los órganos de la Administración del Estado deberán establecer Consejos Comunales de Organizaciones de la Sociedad Civil, (COSOC) de carácter consultivo, estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo. Tienen carácter de interés público las organizaciones comunitarias funcionales, juntas de vecinos y uniones comunales, por lo tanto las instancias de participación social en Salud como los Consejos Consultivos o de Desarrollo, pueden hacer uso de esta Ley, fortaleciendo su representatividad, el acceso a fondos públicos, en calidad de asignaciones para la ejecución de proyectos, subvenciones o subsidios, que les permita continuar integrados en los procesos de gestión de los centro de salud, calidad de los servicios entregados y propuestas de mejoría y de la promoción de la calidad de vida de las personas.



MYRIAM RODRIGUEZ MELO
ENCARGADADE PARTICIPACION SOCIAL
CESFAM GARIN