Estimados/as:
Junto con saludarles cordialmente, les envío lo que sigue:
1.- Decreto sobre procedimiento de reclamo de la Ley Nº 20.584, que regula los Derechos y Deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
2.- Reglamento sobre requisitos básicos que deberán contener los reglamentos internos de los prestadores institucionales públicos y privados para la atención en salud de las personas de la Ley Nº 20.584.
3.- Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento informado en las atenciones de salud.
Nota: Entendiendo lo informado por medio del presente y en atención a las consultas emanadas desde las diferentes OIRS de la Red, queda formalmente estipulado el plazo de respuesta a las solicitudes ciudadanas, las que desde el día 26 de Noviembre del año 2012 deberán ser gestionadas en 15 días hábiles, contados desde el primer día hábil posterior a la fecha de ingreso del mismo, según lo estipulado en el Art. Nº 11 del presente reglamento.
Atte.
Bernardita Palma P.
Asistente Social
Departamento Participacion Ciudadana
y Trato al Usuario
FONO: (562) 574 1254 / Red MINSAL 241254
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